PATROCINADOR Y PARTICIPANTES
| 1. |
La promoción pertenece y es patrocinada por la empresa CREDOMATIC de Guatemala a nombre de las Tarjetas compartidas (co-branding) de Crédito y Membresía PriceSmart, en sus categorías Azul Diamond, Business, Gold y Platinum, bajo la franquicia de CREDOMATIC. Los clubes PriceSmart participan como socios estratégicos. |
| 2. |
Para los efectos de este reglamento, Credomatic será conocido como el “patrocinador”. |
| 3. |
En adelante cuando se diga “el reglamento”, se refiere a este documento, cuando indique “la promoción” se refiere a la actividad promocional aquí regulada, cuando se indique “Tarjetas” se refiere a las tarjetas compartidas (co-branding) de Crédito y Membresía PriceSmart, en sus categorías Azul Diamond, Business, Gold y Platinum y cuando se indique “Tarjetahabiente” se refiere a los titulares o adicionales de las tarjetas. |
| 4. |
La promoción tiene por objeto promover la afiliación de las Tarjetas que aquí se promocionan. Se aclara que únicamente participan las Tarjetas que se indican en el punto uno anterior. La emisión de las Tarjetas estará sujeta a las políticas de crédito y aprobación por parte de CREDOMATIC de Guatemala y en general a la normativa pertinente, así como a la costumbre y jurisprudencia en esta materia. |
| 5. |
Serán destinatarios de los beneficios aquí ofrecidos, los tarjetahabientes que realicen compras con las Tarjetas en cualquiera de los clubes PriceSmart. La promoción aplica en todos los clubes PriceSmart del país. Las Tarjetas pueden utilizarse en cualquier establecimiento PriceSmart de Centroamérica, sin embargo los beneficios de este programa aplican localmente, es decir las Tarjetas generarán dichos beneficios, únicamente en los clubes PriceSmart del país en donde fueron emitidas. |
| 6. |
La promoción es por tiempo limitado, inicia a partir del 15 de octubre de 2008 y finaliza el 30 de diciembre de 2008, los cuáles serán improrrogables. A criterio del patrocinador, la fecha de finalización podrá extenderse, así como los cronogramas respectivos. |
| 7. |
Solamente podrán participar en esta promoción personas físicas mayores de 18 años que cuenten con un documento de identificación válido y al día, reconocido por el Gobierno de la República de Guatemala. |
| 8. |
En el caso de tarjetas corporativas o de empresas, los beneficios serán reclamados y utilizados por las personas a cuyos nombres se encuentren dichas tarjetas, o en su caso por los representantes de las empresas respectivas, todo de acuerdo con cada contrato individual. |
FORMA DE PARTICIPAR
| 9. |
Toda persona que desee aprovechar los beneficios de esta promoción, deberá tener conocimiento de este Reglamento, ya que la utilización de los mismos en la forma que se indica en este documento, conlleva la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones de participación, así como las condiciones, limitaciones y responsabilidades en cuanto al uso de esos beneficios. Por lo anterior y para todos los efectos legales, el patrocinador entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento, se verificará por el hecho de hacer uso de los beneficios. |
| 10. |
La presente es una promoción EXCLUSIVA para tarjetahabientes de las Tarjetas. |
| 11. |
El programa de lealtad de las Tarjetas se regirá por lo establecido su propio reglamento.
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| 12. |
Durante el período en que la promoción se encuentre vigente, las tarjetahabientes de las Tarjetas podrán obtener el beneficio específico que se ofrece, a saber:
a) Los tarjetahabientes tendrán la opción de que el pago de sus compras en PriceSmart, con alguna de las Tarjetas durante el plazo de la promoción, lo podrán realizar en seis cuotas mensuales SIN INTERESES por compras mínimas de Q.2,300.00 (dos mil trescientos quetzales), ello a partir del momento en que se realice la compra, pero dentro del corte de cada tarjeta, siempre y cuando las compras se realicen antes del 30 de diciembre de 2008 |
| 13. |
Las personas favorecidas para poder utilizar los beneficios señalados en el reglamento deberán estar al día con cualquier operación de crédito o de naturaleza similar, es decir, no deben ostentar el cargo de MOROSOS con CREDOMATIC
Las personas favorecidas para poder utilizar los beneficios señalados en el reglamento deberán estar al día con cualquier operación de crédito o de naturaleza similar, es decir, no deben ostentar el cargo de MOROSOS con CREDOMATIC. |
DIVULGACIÓN
| 14. |
EL reglamento de la presente promoción será comunicado en las siguientes páginas de internet www.pricesmart.com y www.credomatic.com. |
RESPONSABILIDAD, CONDICIONES Y RESTRICCIONES
| 15. |
En la publicidad de esta promoción se ha consignado la frase “VER REGLAMENTO” en www.pricesmart.com y www.credomatic.com, en señal de que la participación de los interesados, así como la propia promoción y los beneficios, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento. |
| 16. |
Cualquier asunto que se presente con la promoción y que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por el patrocinador, en estricto apego a las leyes de la República de Guatemala. |
| 17. |
El simple acto de reclamar o utilizar un beneficio, tal y como se describe en este reglamento, dará por hecho que los y las participantes, conocen de la existencia de las condiciones y limitaciones de la promoción, los beneficios y de participación, a las cuáles se han adherido. |
| 18. |
La responsabilidad del patrocinador con la presente promoción, es la de reconocer los beneficios que se ofrecen para las Tarjetas. |
| 19. |
Si se demuestra que la persona recibió un beneficio por medio de engaño o error, el patrocinador podrá reclamar en cualquier momento al tarjetaha- biente y realizar los ajustes, cargos o cobros en las respectivas tarjetas, y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso. |
| 20. |
El patrocinador suspenderá en forma inmediata la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna, si se llegasen a detectar defraudaciones o cualquier irregularidad que afecte gravemente los intereses de cualquiera de las dos empresas involucradas. |
| 21. |
El patrocinador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción o del programa. Las anteriores circunstancias se comunicarán en la misma forma que el presente reglamento, fecha a partir de la cual la promoción cesará, o la reforma al reglamento quedará vigente. |
| 22. |
Para mayor información o consultas se puede llamar al teléfono 2361-0909 en horas y días hábiles. |
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